Motos exentas de impuestos: ¿cuáles están exentas y cómo solicitarlo?

La adquisición de una motocicleta conlleva el pago de diferentes tasas e impuestos, entre ellos el impuesto de circulación y el impuesto sobre vehículos de tracción mecánica. Sin embargo, existen ciertos casos en los que las motos están exentas de pagar estos impuestos. A continuación, te explicamos qué vehículos están exentos de pagar el impuesto de circulación y el impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.

Índice

Impuesto de circulación

El impuesto de circulación es un gravamen que se paga de manera anual y que está regulado por ley en sus precios máximos y mínimos. Sin embargo, son los ayuntamientos los encargados de gestionar y recaudar este impuesto, lo que genera diferencias en los montos a pagar dependiendo del lugar de residencia.

La cantidad a abonar en concepto de impuesto de circulación depende de la potencia del vehículo y de los caballos fiscales. No obstante, existen algunos supuestos en los que las motos quedan exentas de pagar este impuesto, que son los siguientes:

  • Vehículos oficiales o de representantes diplomáticos.
  • De servicio sanitario.
  • Para personas de movilidad reducida con un grado igual o superior al 33%.
  • De transporte público urbano con más de nueve plazas incluida la del conductor.
  • Aquellos con Cartilla de Inspección Agrícola.

Tener en cuenta que no pagar el impuesto de circulación puede conllevar una deuda pública con el ayuntamiento correspondiente, lo que podría resultar en la imposición de una multa. Para evitar problemas, se recomienda domiciliar el pago del impuesto en la cuenta bancaria o estar atento a la llegada de la carta de pago por parte de la administración para realizar el pago correspondiente.

Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica

El impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, también conocido como IVTM, es otro de los impuestos que se deben pagar al adquirir una motocicleta. Sin embargo, existen casos en los que las motos están exentas de pagar este impuesto, como es el caso de las motos matriculadas a nombre de personas con minusvalías para su uso exclusivo, así como aquellas destinadas a su transporte.

Se considera persona con minusvalía aquella que tiene una condición legal en grado igual o superior al 33%. Para solicitar la exención en el IVTM por minusvalía, es necesario realizar un trámite de presentación de solicitud específico.

Existen casos en los que las motos están exentas de pagar el impuesto de circulación y el impuesto sobre vehículos de tracción mecánica. Estas exenciones aplican a vehículos oficiales o de representantes diplomáticos, de servicio sanitario, para personas de movilidad reducida con un grado igual o superior al 33%, de transporte público urbano con más de nueve plazas incluida la del conductor y aquellos con Cartilla de Inspección Agrícola. Además, las motos matriculadas a nombre de personas con minusvalías para su uso exclusivo y aquellas destinadas a su transporte también están exentas del IVTM. Es importante conocer estas exenciones y cumplir con los requisitos correspondientes para evitar problemas legales y multas.

¿Cuáles son los impuestos que se deben pagar al adquirir una motocicleta?

Al adquirir una motocicleta, se deben pagar el impuesto de matriculación y el impuesto de circulación. El impuesto de matriculación se paga una única vez en el momento de registrar el vehículo, mientras que el impuesto de circulación se paga de manera anual.

¿Qué vehículos están exentos de pagar el impuesto de circulación?

Los vehículos oficiales o de representantes diplomáticos, los vehículos de servicio sanitario, las motos para personas de movilidad reducida con un grado igual o superior al 33%, los vehículos de transporte público urbano con más de nueve plazas incluida la del conductor y los vehículos con Cartilla de Inspección Agrícola están exentos de pagar el impuesto de circulación.

¿Qué motos están exentas de pagar el impuesto sobre vehículos de tracción mecánica?

Las motos matriculadas a nombre de personas con minusvalías para su uso exclusivo y las motos destinadas a su transporte están exentas de pagar el impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.

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